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Periodismo de Investigación

Un fallo de Cámara le dio la razón a la AFA y suspendió las Sociedades Anónimas Deportivas que impulsa el gobierno de Milei

La Cámara Federal de San Martín, a través de la Sala I, emitió una decisión crucial en la causa que enfrenta a la Asociación de Fútbol Argentino (AFA) contra el gobierno de Javier Milei por las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD). El tribunal de alzada decidió dejar sin efecto el artículo que autorizaba el ingreso de capitales privados a los clubes y le dio al titular de la entidad, Claudio “Chiqui” Tapia una victoria decisiva en la pelea de fondo con la Casa Rosada.

En este fallo, dictado en el marco de la causa N° 22121, fechado el 5 de diciembre, los jueces decidieron mantener la medida cautelar que suspende los efectos de ciertos artículos del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023, además de los artículos del Decreto Reglamentario 730/2024, hasta que se dicte una sentencia definitiva.

La disputa por las SAD y el establecimiento de las reglas del mercado en el fútbol es una de las principales peleas que planteó Milei desde su llegada a la Presidencia de la Nación. De hecho, hace solo cuatro días, después de la coronación de Botafogo como campeón de la Copa Libertadores de América, el presidente publicó un posteo en la red X con la frase “y si debatimos las SAD?”, y el cuadro con los últimos ganadores del certamen continental, que son gerenciados por empresas privadas.

La resolución fue firmada por los jueces de Cámara Marcelo Darío Fernández, Marcos Moran, y Juan Pablo Salas, junto con el secretario Matías José Sac. El fallo surge tras un recurso de apelación del Estado Nacional en contra de una medida anterior que otorgaba a la AFA la suspensión cautelar de los efectos del decreto mencionado, el cual intentaba imponer cambios en la estructura jurídica de las asociaciones deportivas, al permitir la afiliación obligatoria de sociedades anónimas.

Según los jueces, el motivo de la suspensión se basa en que la normativa impugnada por la AFA altera negativamente la autonomía de las asociaciones deportivas, que son entidades sin fines de lucro, al obligarlas a aceptar afiliaciones de sociedades anónimas, lo que perjudica su funcionamiento autónomo. Los jueces de cámara fundamentaron su decisión argumentando que existe un “estado de necesidad” en el que las entidades sufren un perjuicio de imposible reparación posterior debido a los cambios propuestos por el DNU 70/2023.